ONAT

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Oficina Nacional Administración Tributaria

 Manuel Tames

La Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) es la entidad encargada de velar por la aplicación de la legislación relativa a impuestos y otros ingresos no tributarios; desarrollar la organización para su recaudación en todo el municipio; organizar y dirigir la auditoría fiscal adoptando las medidas requeridas para contrarrestar la evasión fiscal, así como otras funciones o tareas, y otras normas referidas a la recaudación de tributos y aranceles y su control.

La estructura de la ONAT parte del principio general de una sola administración tributaria en el país, organizada en tres niveles ejecutivos:

La ONAT Manuel Tames se subordina a la ONAT Provincial y pertenece al Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), la cual se encuentra situada en la Calle 8 s/n Angel Mentol, municipio Manuel Tames. Limita por el frente con el Sector Militar, por la derecha con una calle que va al Policlínico Manuel Simón Tames Guerra, por la izquierda con una vivienda, por el fondo con una calle que se dirige al policlínico y con una línea férrea, con números de teléfonos 21476156-21476534.

Para el desarrollo de sus funciones, la Oficina dispone de una estructura organizativa encabezada por el Director quien dirige los diferentes Departamentos y a las distintas áreas de la entidad.

Director: Yucaris Serrano Soler

Subdirector: Yudeivis Balón González

Especialista Principal de Recaudación: Aleraidis Pérez Quiala

Asesora Legal: Danaes Lafrance Massó

Principales servicios

Las certificaciones emitidas por la ONAT son:

1- Sobre Inscripción

2- Residencia Fiscal en Cuba

3- Adeudos Fiscales

4-Contribuciones efectuadas al Régimen de Seguridad  Social  

5-Cumplimiento de Obligaciones Tributarias.

La ONAT tiene un término de hasta quince (15) días naturales para la emisión de las certificaciones fiscales solicitadas, el que puede extenderse por diez (10) días naturales más, en caso de que se requiera una revisión por la instancia superior de la autoridad que debe emitirla.

Las certificaciones están gravadas con el sello del timbre conforme se establece en la legislación vigente para el Impuesto sobre Documentos, (sellos por valor de $ 20.00).

En caso de presentar alguna inconformidad el contribuyente puede presentar un recurso, también puede solicitar un aplazamiento de la deuda o solicitar devolución de ingresos.