Pago de la transportación a pacientes que requieran los servicios de salud, fuera de su provincia de residencia.

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Siempre que el paciente requiera esta prestación, será imprescindible el cumplimiento de lo establecido en el párrafo anterior.

El pago de la transportación puede ser concedido de ida y regreso. Los medios de transportación que se utilizan son avión, ómnibus, tren y catamarán.

El servicio de transportación tiene que ser brindado por entidades estatales.

El subdirector de Prevención, Asistencia y Trabajo Social municipal es el responsable de controlar los gastos ejecutados en el “Registro de gastos por subsidios para el pago de la transportación”.

Corresponde al Ministerio de Salud Pública:

Corresponde a la Dirección de Trabajo Municipal: